Asistencia Legal
¿Cómo obtener asistencia legal?
Las Oficinas Consulares del Perú, dentro del área de sus jurisdicciones, podrán brindar, en la medida de sus posibilidades, orientación legal a los connacionales que la necesiten, especialmente a aquellos que se encuentran en situación migratoria irregular. En este último caso, a fin de que procedan a regularizar su permanencia en el Estado receptor. Asimismo, podrán actuar como representantes legítimos de los connacionales jurídicamente ausentes, velando por sus derechos, la seguridad de sus bienes e intereses, cuando el caso lo justifique y el ausente no tenga un representante con interés legítimo. Deberán también proteger los intereses de los connacionales menores de edad y de aquellos que carezcan de capacidad plena, en particular cuando se requiera instituir para ellos una tutela o curatela
¿Cómo solicitar asistencia para Presos y Detenidos?
El Ministerio de Relaciones Exteriores a través de la Secretaría de Comunidades Peruanas en el Exterior y de las Oficinas Consulares, al amparo de lo establecido en los convenios internacionales, los acuerdos bilaterales y las normas peruanas vigentes, tiene la misión de organizar la defensa de los nacionales ante las autoridades del Estado receptor, sin costo para el Estado peruano, velando porque se le asegure un juicio justo y un debido proceso, que cuenten con un abogado de oficio e intérprete, si fuera el caso, para su juzgamiento en un proceso judicial, salvo que el interesado se oponga expresamente. Debe además procurar el uso oportuno y eficaz del derecho a la defensa, procurar que las condiciones de su detención no atenten contra los derechos humanos y prestar toda la ayuda necesaria a los connacionales que se vean afectados por detención arbitraria o persecución oficial injustificada. Asimismo, tiene el encargo de asegurar las comunicaciones entre los connacionales detenidos y sus familiares residentes en el Perú y de gestionarles la debida atención médica en caso lo requieran.
Para estos casos si los familiares tienen conocimiento de la detención de un pariente o familiar, deberán comunicarse con la Dirección de Protección al Nacional consignando los datos necesarios, de contar con ellos.
En el caso de producirse encarcelamiento, se verifican las condiciones en que se halla el recluso mediante la consulta con la autoridad local respectiva, o el programa de visitas a los centros de detención, que efectúan los funcionarios consulares.
El Señor X acaba de enterarse que su hijo ha sido detenido por carecer de documentos en un país extranjero y se encuentra en la oficina de migraciones de dicha ciudad. Solicita conocer el estado actual de su hijo y hasta cuando estar detenido.
En este caso, se solicita por escrito la repatriación del hijo, anexando toda la información personal del connacional , las circunstancias en que fue detenido y el lugar donde se encuentra, anexando teléfonos de contacto y todo tipo de información que sea útil para darle la asistencia requerida.
El Consulado verificara si el connacional se encuentra detenido y cual es su situación migratoria. Si su situación migratoria fuera irregular se emitiría un salvoconducto al repatriado, en forma gratuita, cuando no cuente con pasaporte válido, indicando el momento del embarque, se contactara con los familiares del connacional para informarles sobre la situación actual del connacional asi como para informarles la fecha y el vuelo en el que vendrá su familiar.
- Es importante recordar que la Cancillería no asume estos costos, sino los familiares directos del peruano detenido.
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